La historia clínica tiene carácter confidencial siendo el hospital quien debe garantizar la privacidad del paciente. El Servicio de Documentación Clínica tiene la obligación de velar por la confidencialidad de la documentación que custodia.
Podrán acceder a la historia clínica o a parte de su contenido, las personas debidamente autorizadas que lo soliciten. Respetando la normativa vigente (Ley 14/1986 General de Sanidad, La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales , Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, Ley 2/1998 Salud de Andalucía.